Los jueces considerarán la inmunidad tribal del proceso de quiebra

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VISTA PREVIA DEL CASO

Los argumentos del lunes en Lac du Flambeau Band contra Coughlin lleva a los jueces una vez más a la cuestión de la inmunidad tribal. La pregunta específica en este caso es si el Código de Quiebras es lo suficientemente claro como para derogar la inmunidad soberana de una tribu indígena reconocida a nivel federal.

Para poner la disputa en contexto, dos puntos de común acuerdo son importantes. Primero, aunque las tribus comienzan con inmunidad soberana como una reliquia persistente de su existencia antes de la Constitución, el Congreso tiene autoridad plenaria para derogar esa inmunidad. En segundo lugar, los tribunales leerán los estatutos federales para derogar esa inmunidad solo cuando hablen al punto “inequívocamente[ly].” La disposición relevante, la definición de “unidad gubernamental” en el Código de Quiebras, es innegablemente amplia, y se extiende para incluir “Estados Unidos; Estado; Mancomunidad; Distrito; Territorio; municipio; Estado extranjero; departamento, agencia o instrumento de [any of the foregoing]; u otro gobierno nacional o extranjero”. La pregunta para los magistrados es si esa disposición es lo suficientemente amplia como para cumplir con ese estándar: si deroga “inequívocamente” la inmunidad soberana de las tribus.

Los hechos particulares del caso ciertamente colocan a Lac du Flambeau Band of Lake Superior Chippewa Indians en una mala posición, ya que presenta un caso desventajoso para la inmunidad soberana. Específicamente, Band opera una operación de préstamos de día de pago en línea, que adelanta préstamos que serían ilegales según la ley de las jurisdicciones en las que residen muchos de sus prestatarios, incluido Brian Coughlin. Después de que Coughlin pidiera dinero prestado a ese prestamista, se declaró en bancarrota. A pesar de la suspensión automática del Código de Quiebras, el prestamista continuó realizando intentos de cobro; finalmente, Coughlin fue hospitalizado después de un intento de suicidio, que vincula a la agresiva actividad de recolección. El tribunal inferior rechazó la solicitud de Coughlin de una orden, que habría sido rutinaria en un caso que involucraba a un prestamista comercial, obligando al prestamista a cumplir con la suspensión automática y pagar daños y perjuicios por las lesiones causadas por su arrogante violación de la suspensión.

El caso es uno de los más simples que los jueces escucharán este año, porque no involucra cuestiones constitucionales y, en verdad, solo la interpretación de una sola frase de una sola disposición authorized. El argumento de The Band es easy: el estatuto nunca menciona tribus indias. Debido a que no menciona las tribus indias, el Grupo sostiene que el estatuto no se extiende inequívocamente a ellas. Por un lado, debido a que la relación entre las tribus indígenas y el gobierno creado por la Constitución es turbia, es difícil estar seguro de qué tipo de gobierno son exactamente las tribus. Por otro lado, el Grupo señala numerosos otros estatutos que derogan la inmunidad soberana tribal y se refieren específicamente a las “tribus” como tales. Colectivamente, argumentan, el estatuto simplemente no es lo suficientemente claro.

Para Coughlin, el caso es igual de sencillo. La única lectura pure de la definición de unidad gubernamental del código es que pretende extenderse a todas las formas de gobierno. La tribu es claramente una unidad gubernamental de algún tipo; de lo contrario, no tendría derecho a inmunidad soberana. Y ciertamente no es un gobierno extranjero, por lo que debe ser un gobierno nacional, algo que el estatuto cubre explícitamente. Coughlin reconoce que el Congreso debe ser inequívoco para que Coughlin prevalezca, pero señala que la Corte Suprema ha enfatizado que el Congreso no está obligado a usar ninguna “palabra mágica” en explicit. La única forma en que Coughlin puede perder, sugiere, es que la corte requiera que el Congreso mencione a las “tribus indias” con esas palabras exactas; ese es solo el enfoque que el tribunal ha rechazado previamente.

Un problema importante para la Banda es la aparición de Estados Unidos como amicus en apoyo de Coughlin. Estados Unidos aparece con frecuencia como amicus en apoyo del lado nativo americano en cuestiones como estas, y rara vez aparece en la Corte Suprema oponiéndose a los intereses de las tribus en una disputa con los estados. Creo que los jueces leerán esto como un reconocimiento de que el gobierno federal ve el lado del caso de The Band como bastante débil.

Quizás un problema aún mayor para la Banda aparece cuando usted da un paso atrás en la pregunta específica ante el tribunal. El comportamiento en cuestión sería insupportable si se tratara de los Estados Unidos, la Corporación Federal de Seguros de Depósitos o la Administración de Pequeñas Empresas. O el estado de Wisconsin (donde reside la Banda). Es fácil imaginar que el Congreso de vez en cuando quiera ser deferente y respetuoso con la soberanía tribal. Y también es fácil imaginar que el Congreso ocasionalmente trate a las tribus con el mismo respeto con el que trata a los estados. Pero lo que no es fácil de imaginar es redactar un estatuto que derogue la inmunidad soberana del gobierno federal y de todos los estados (como lo hace este) pero dé a las tribus un pase libre, tratando la soberanía de las tribus nativas americanas como categóricamente más augusta que la soberanía de los Estados Unidos y de los estados individuales. Eso me parece bastante difícil de vender.

En ese contexto, no me sorprendería en absoluto que la mayoría de los magistrados el próximo lunes piensen que el estatuto es inequívoco al derogar la inmunidad de la Banda. Espero ver lo que tienen que decir.

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