La Corte Suprema de EE. UU. frena el uso excesivo de la ley de robo de identidad

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El Congreso estableció un aumento de sentencia por “robo de identidad agravado”, 18 USC §1028A(a)(1), cuando uno “a sabiendas transfiere, posee o usa, sin autorización authorized, un medio de identificación de otra persona” en el curso de cometer ciertos otros delitos. Este lenguaje amplio puede incluir una amplia variedad de usos indebidos que ni remotamente entrarían dentro de lo que la mayoría de la gente consideraría como robo de identidad.

Hoy, la Corte Suprema decidió el caso de Dubin contra Estados Unidos, núm. 22-10. El crimen actual de Dubin fue un caso bastante mundano de fraude al Medicaid, inquietantemente común pero no inusual. Le cobró al gobierno por las pruebas realizadas por un psicólogo con licencia cuando la prueba en realidad la realizó un asociado y debería haber sido pagada a una tarifa más baja. En el proceso de defraudar a este importante programa gubernamental, necesariamente utilizó el número de reembolso de Medicaid del paciente. No pretendía ser alguien que no period. ¿Es esto “robo de identidad agravado”?

La respuesta poco sorprendente del alto tribunal, unánime en el resultado, es no. La opinión del juez Sotomayor para la Corte, junto con otros siete jueces, cube que la sección se aplica solo cuando el uso de la identificación de otra persona para cometer un delito “es el quid de lo que hace que la conducta sea delictiva”.

Esto es demasiado vago para el juez Gorsuch, quien solo está de acuerdo con el resultado. Pide al Congreso que arregle su lenguaje descuidado. Ese sería el mejor enfoque, por supuesto. Pero hasta que el Congreso actúe, los tribunales tienen que lidiar con el estatuto tal como es.

Dubin sigue condenado por el delito que realmente cometió: fraude de atención médica en violación de 18 USC §1347.

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