La impropiedad de comentar sobre la veracidad de otro testigo: R. v. RH Ont.CA (2013)

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Es impropio pedirle a un acusado que comente por qué una víctima mentiría, el caso de R. v. RH

Ayer, la Corte de Apelaciones de Ontario emitió la sentencia R contra RH que revocó una declaración de culpabilidad y emitió una absolución cuando un juez permitió y consideró indebidamente la incapacidad de un acusado para proporcionar una explicación de por qué la denunciante podría mentir sobre su presunta agresión sexual. Aunque es ley bien establecida que es impropio pedir a otro testigo que comente sobre la veracidad de otro testigo, el juez permitió la siguiente línea de interrogatorio:

P. Entonces, Sr., Sr. [H.]voy a sugerir que, ¿realmente no tiene ninguna explicación sobre el origen de esta acusación?

R. No.

P. Está bien. Ciertamente, según tu evidencia, no es como si estuviera confundiendo algún encuentro inocente que tuviste con ella.

R. No.

P. No coincide con nada que pueda recordar remotamente que podría haber cruzado sus cables.

R. No.

P. Está bien. Y deduzco de tus respuestas anteriores que tú, te sentías muy cercano a [J.]

R. Muy.

P. Está bien. Y nunca has tenido experiencia con ella inventando mentiras sobre personas antes.

A. No sé [J.] ser un mentiroso

P. Voy a sugerir al Sr. [H.] que, ya sabes, has dicho que no la conoces es una mentirosa, no es ni remotamente consistente con algo, algún contacto inocente que has tenido con ella, que la única explicación realmente es que qué [J.] estaba describiendo es algo que sucedió.

R. Por favor reformule la pregunta, no entendí eso.

P. Le estoy sugiriendo que [J.]No está mintiendo y no es… ella no ha cruzado sus cables con algún contacto inocente que tuviste con ella porque dijiste que no se parece ni remotamente a nada que hayas… contacto que hayas tenido con ella. Que la única explicación es que lo que ella ha descrito es cierto.

R. No lo sé.

Ley bien asentada ignorada según la Corte de Apelaciones de Ontario.

Al revocar el veredicto del juez de primera instancia, el Tribunal de Apelación concluyó que esta irregularidad en el examen está bien resuelta. Tal interrogatorio es injusto para un testigo, ya que requiere que la persona especule sobre motivaciones de las que tal vez no sea consciente. Si bien sería impropio hacer una pregunta a cualquier testigo, esta injusticia se agrava aún más cuando se le pregunta al acusado, ya que lo obliga a “abogar el caso cuando su función es declarar como testigo” (citando Evidencia felony canadiense de McWilliams). También revierte la presunción de inocencia y coloca sobre el acusado la carga de explicar por qué una persona puede presentar acusaciones falsas en su contra y, al no hacerlo, extrae una inferencia adversa en su contra.

Ejemplos de este tipo de preguntas indebidas, que he escuchado a lo largo de los años, y que deberían generar señales de alerta para cualquier defensor, incluyen:

  • ¿Por qué mentiría?
  • ¿Qué beneficio obtendría la víctima de mentir?
  • ¿Cómo podría la víctima inventar tal historia si no fuera verdad?
  • ¿Crees que la policía le dijo a la víctima qué decir?
  • ¿Por qué el acusado se declararía inocente si no period inocente?
  • and many others.

Aunque la Corte de Apelación no la menciona en este caso, tal prohibición de pedir comentarios sobre la veracidad de otros testigos, o de pedir que proporcionen un motivo para mentir, también se puede encontrar en la siguiente línea de autoridades: R. v. Yakeleya (1985), 20 CCC (3d) 193 (Ontario CA); R. v. Kusk (1999), 132 CCC (3d) 559 (Alta. CA); R. v. N. (PLF) (1999), 138 CCC (3d) 49 (Man. CA); R. v. Vandenberghe (1995), 96 CCC (3d) 371 (Ontario CA); R. v. DeFrancesca (1995), 104 CCC (3d) 189 (Ont. CA), permiso para apelar denegado (1996), 104 CCC (3d) vi (SCC). R. v. Ruptash (1982), 68 CCC (second) 182; R. v. Brown (1982), 1 CCC (3d) 107 (CA), affd. [1985] 2 RCS 273, 21 CCC (3d) 477; R contra AR [1994] 4 WWR 620, 88 CCC (3d) 184 (Man. CA).

El cargo La impropiedad de comentar sobre la veracidad de otro testigo: R. v. RH Ont.CA (2013) apareció por primera vez en Los abogados penalistas de Robichaud.

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