¿Tiene un asegurado que inspeccionar la estructura todos los días para encontrar una pérdida? | Weblog de Ley de Cobertura de Seguro de Propiedad

[ad_1]

¿Cómo puede un asegurado reportar una pérdida que el asegurado no conoce? ¿Alguna póliza de seguro de propiedad requiere que el titular de la póliza inspeccione la propiedad asegurada diariamente o de forma rutinaria, en busca de evidencia de una pérdida? ¿Algún ejecutivo de seguros de propiedad se sube a sus propios techos y busca daños después de una tormenta eléctrica o granizada?

Sin embargo, los ejecutivos de reclamos de la compañía de seguros rechazarán los reclamos después de una pérdida y harán que los abogados de la compañía de seguros argumenten ante los jueces que los asegurados tienen el deber de informar las pérdidas, incluso si no saben de la pérdida. ¿Cómo puede hacer eso un asegurado?

Esta fue la situación en un caso decidido esta semana1 donde un tomador de póliza notificó al transportista una vez que el tomador de póliza supo de la pérdida. La estructura estaba arrendada y el titular de la póliza no supo ni encontró la pérdida hasta que el inquilino abandonó la estructura.

Este es el análisis de la corte:

Castro sostiene que el tribunal de primera instancia se equivocó al determinar que, como cuestión de derecho, dar aviso a Residents más de dos años después de la pérdida no podía constituir un aviso oportuno. Castro postula que el enfoque relevante debería haber estado en cuándo Castro se dio cuenta de la pérdida y si sus acciones fueron razonables a la luz de ese conocimiento. Castro argumenta que debido a que proporcionó una declaración jurada que explica la demora en informar la pérdida y establece que la informó de inmediato al descubrirla, sigue existiendo un problema genuino sobre si cumplió con su deber según la política de informar de inmediato la pérdida.

No se discute que Castro no notificó la pérdida hasta casi dos años y medio después del huracán Irma.

El tribunal señaló el lenguaje de la política relevante:

En caso de pérdida de la propiedad cubierta, no tenemos la obligación de proporcionar cobertura en virtud de esta Póliza si el incumplimiento de las siguientes obligaciones nos perjudica. Estos deberes deben ser realizados por usted, un asegurado que busca cobertura o un representante de:

1. Avisar de inmediato a nosotros oa su agente de seguros.

Luego, el tribunal explicó la ley según el precedente de Florida si la notificación llega tarde:

[T]La palabra ‘pronto’, en términos de aviso, ‘es sinónimo de ‘inmediatamente’, ‘inmediato’ y ‘tan pronto como sea posible’. Dicho de otra manera, para cumplir con la obligación de proporcionar una notificación inmediata, dicha ‘notificación debe proporcionarse ‘con una rapidez razonable y dentro de un plazo razonable en vista de todos los hechos y circunstancias del caso specific’. La obligación de dar aviso surge ‘cuando ha ocurrido un hecho que debería llevar a un hombre razonable y prudente a creer que surgiría una reclamación por daños y perjuicios’ ‘….Si el aviso se proporcionó de manera pronta es normalmente una pregunta para el investigador… pero ‘si la evidencia indiscutible no respalda la conclusión de que el asegurado notificó al asegurador tan pronto como fue posible, entonces la conclusión de que la notificación se dio a tiempo es insostenible’…

Nuestra decisión en navarro—también derivado de un reclamo por el huracán Irma— es instructivo. En navarroel asegurado presentó una demanda contra Residents por incumplimiento de contrato, afirmando que la casa en la que vivía fue dañada por el huracán Irma el 10 de septiembre de 2017. Residents rechazó la reclamación porque, Entre otros, Navarro no notificó la pérdida hasta el 5 de mayo de 2020. El tribunal de primera instancia concedió sentencia sumaria a favor de Residents, al determinar que la notificación del asegurado a la aseguradora no fue oportuna, lo que generó una presunción de perjuicio que Navarro no refutó. . Afirmamos, tomando nota del propio testimonio de declaración del asegurado en el que Navarro reconoció que notó goteras en toda su residencia el día después del ataque de Irma; observó goteras en el techo de su casa e intentó hacer reparaciones aproximadamente un mes después del huracán; hizo aún más reparaciones de techos, incluido el reemplazo de tejas, al año siguiente; pero esperó más de dos años y medio para denunciar el reclamo. Navarro admitió que ‘su única explicación para no informar los daños a Residents fue la falta de fluidez con los términos de la póliza’. Confirmamos el juicio sumario last, sosteniendo que no había una cuestión genuina de hecho en disputa si Navarro actuó ‘con rapidez razonable y dentro de un tiempo razonable’…

En laca….este tribunal sostuvo que, a pesar de una demora de casi tres años en notificar a Residents, ‘existen cuestiones de hecho[ed] sobre cuándo una persona razonable y prudente creería que podría existir un reclamo potencial por daños y perjuicios’, excluyendo el juicio sumario. Específicamente, la evidencia estableció que ‘los daños a la unidad de Laquer o al inside de la pared no fueron aparentes hasta varios años después del huracán Wilma: nadie, incluyendo a Laquer, su inquilino, su ama de llaves y el administrador del condominio y sus agentes que visitaban regularmente la casa de Laquer unidad, pudo observar cualquier daño en el piso de madera o las paredes de la unidad antes de [the notice date] o fue notificado de otra manera para inspeccionar más en busca de daños.’….El laca Sin embargo, el tribunal sí señaló que la fecha en que el asegurado descubrió el alcance whole de los daños tampoco period necesariamente la fecha de activación.

Según esta ley, los tribunales de Florida parecen buscar un estándar de persona prudente sobre cuándo un titular de póliza sabría que podría existir un reclamo potencial por daños y perjuicios.

Con base en ese punto de vista authorized, la corte de apelaciones revocó la decisión de la corte de primera instancia y sostuvo a favor del titular de la póliza, llegando a la siguiente conclusión:

En este caso, los daños a la propiedad de Castro se habrían causado en septiembre de 2017, pero no se informó hasta febrero de 2020. Este paso del tiempo fue explicado por Castro, quien aseguró que la propiedad estuvo ocupada por un inquilino durante ese período de tiempo. , que el inquilino nunca informó a Castro de ningún daño, y que la propia Castro no estaba al tanto de ningún daño a su propiedad hasta que el inquilino se mudó de la propiedad en febrero de 2020. Castro notificó a Residents de la pérdida menos de tres semanas después de darse cuenta de daños a su propiedad. Dadas las pruebas presentadas por Castro en oposición a la moción de juicio sumario, y en vista de todos los hechos y circunstancias del caso specific, sigue existiendo una cuestión genuina de hecho controvertido en cuanto a si Castro notificó con prontitud la pérdida…

El jurado tendrá que tomar esa determinación.

Pensamiento del día

Hay una diferencia entre la belleza y el encanto. Una mujer hermosa es una que noto. Una mujer encantadora es aquella que se fija en mí.

—John Erskine


1 Castro v. Ciudadanos Prop. Ins. corporaciónNo. 3D21-1847 (Fla. 3d DCA 21 de junio de 2023).

[ad_2]

Add a Comment

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *