No hay un camino claro sobre cómo dictará la corte después de los argumentos orales en dos casos de inmigración el lunes

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ANÁLISIS DE ARGUMENTOS
Un hombre habla al banco completo de jueces desde el atril.  Una multitud sentada escucha.

El procurador normal adjunto Curtis Gannon argumentando a favor del gobierno. (William Hennessy)

Durante el argumento oral el lunes en Pugin contra Garland y Garland v. Cordero-García, los jueces buscaron definir los contornos de un “delito relacionado con la obstrucción de la justicia”, que es una de las condenas anteriores que somete a los no ciudadanos a la expulsión obligatoria de los Estados Unidos como un “delito grave”. El tribunal acordó escuchar el caso para decidir si una condena califica como tal delito solo si tiene una conexión con una investigación o proceso ya pendiente. El argumento del lunes no proporcionó un camino claro a seguir. Como comentó el juez Clarence Thomas, “[i]Es como si estuviéramos navegando entre Scylla y Charybdis, y nadie nos está dando una manera de llegar entre los dos extremos”.

El procurador normal adjunto Curtis Gannon argumentó para el gobierno que el delito no requería un nexo con una investigación o procedimiento pendiente. Un delito de obstrucción de la justicia, dijo, incluye cualquier delito que requiera que el acusado tenga la intención específica de interferir deliberadamente con el proceso de la justicia y la ley. Gannon razonó que “[t]Las ruedas de la justicia pueden obstruirse incluso antes de que empiecen a moverse [and] una de las mejores formas de entorpecer una investigación o procedimiento es asegurarse de que nunca se inicie”. Gannon clasificó la obstrucción de la justicia como una familia de delitos vinculados por el elemento de intención de interferir deliberadamente con la justicia. Señaló los estatutos que no requieren un procedimiento pendiente y afirmó que los tribunales entendieron que calificaban como obstrucción cuando el Congreso agregó el delito a la lista de delitos graves.

Varios jueces expresaron su preocupación por la definición expansiva de Gannon y sus herramientas de análisis. Por ejemplo, el juez Ketanji Brown Jackson pareció perplejo porque Gannon no limitó la categoría a los delitos enumerados en el Capítulo 73 del Código de EE. UU., titulado Obstrucción de la justicia. Gannon respondió que la obstrucción de la justicia se extendió más ampliamente que el Capítulo 73, en specific para incluir delitos accesorios después de los hechos como el cometido por Jean Francois Pugin.

El presidente del Tribunal Supremo, John Roberts, preguntó si la definición amplia del delito de Gannon sería difícil de contener a la luz del modificador “relacionado con”, de modo que cualquier delito relacionado con la obstrucción de la justicia calificaría. Gannon respondió que si bien el modificador puede permitir una lectura más amplia, el requisito de que el acusado tenga la intención de cometer el delito limita suficientemente la amplitud de los delitos. La jueza Elena Kagan observó que, en lugar de centrarse en el núcleo de la obstrucción de la justicia, Gannon fue más allá de los límites de un posible delito. El juez Neil Gorsuch estuvo de acuerdo.

Las juezas Sonia Sotomayor y Amy Coney Barrett discreparon con la confianza de Gannon en una definición de diccionario de obstrucción de la justicia. Sotomayor señaló que el enfoque tradicional del análisis authorized es revisar el significado histórico y jurisprudencial del término. Señaló la historia y la jurisprudencia de la Sección 1503, que Pugin y Fernando Cordero-Garcia señalaron en sus escritos como el delito prototípico de obstrucción de la justicia. La Sección 1503 precise se codificó por primera vez en 1832 como el delito federal genérico de obstrucción de la justicia. Sotomayor afirmó que los juristas contemporáneos sostenían que el delito requería un proceso pendiente. Además, hizo referencia a los casos principales en los que Pugin y Cordero-García se basaron que concluyeron primero en el siglo XIX y luego en 1995, un año antes de que el Congreso hiciera de la obstrucción de la justicia un delito grave con agravantes, que la Sección 1503 requería la interferencia con un procedimiento pendiente.

Una mujer habla en el atril, detrás de ella, los miembros de la audiencia y tres jueces escuchan.

Martha Hutton defiende a Jean Francois Pugin. (William Hennessy)

Martha Hutton, en representación de Pugin, abogó por la definición más estrecha en su escrito, que requiere un nexo con un proceso judicial pendiente. Sin embargo, pareció retirarse de su posición en respuesta a las preguntas de Thomas y el juez Samuel Alito. Finalmente, sugirió que si el tribunal resolve que no es necesario que haya una investigación pendiente por un delito de obstrucción de la justicia, debe limitar el delito a las circunstancias en las que un individuo prevé una investigación specific y actúa con la intención de interferir con esa investigación específica. Hutton explicó que este requisito de particularidad “excluiría esta thought normal de que cada vez que alguien hace algo que podría… aumentar un poco la posibilidad de enjuiciamiento”, es una obstrucción de la justicia. En respuesta al interrogatorio de Jackson, Hutton estuvo de acuerdo en que si el tribunal consideraba la obstrucción como una familia de delitos, el Capítulo 73 podría ser un lugar racional para comenzar, pero sostuvo que la Sección 1503 period el arquetipo del delito. Hutton enfatizó que bajo la investigación particularizada razonablemente previsible o el enfoque de la familia de delitos del Capítulo 73, la condena de Pugin por cómplice después del hecho no cumpliría con la definición.

Un hombre habla en un atril ante cuatro jueces en el banquillo bajo una bandera estadounidense.

Mark Fleming defiende a Fernando Cordero-García. (William Hennessy)

Mark Fleming, defendiendo a Cordero-Garcia, se mantuvo fiel a su escrito, definiendo la obstrucción de la justicia como un intento afirmativo e intencional motivado por la intención específica de interferir con una investigación o procedimiento en curso o pendiente. Trazó una línea clara al afirmar que se requiere una investigación o procedimiento existente (no previsible). El juez Brett Kavanaugh replicó, invocando la afirmación del gobierno de que la mejor manera de obstruir una investigación es asegurarse de que nunca comience, aludiendo a la manipulación de testigos, que es el delito por el que fue condenado Cordero-García. Fleming respondió que el momento previo a una investigación pendiente es categóricamente diferente porque el individuo “no ha tomado la determinación de echar area en los engranajes”. Si bien Alito reconoció la viabilidad de las preocupaciones con respecto a la amplitud de la obstrucción de la justicia, afirmó que la definición de Fleming todavía adolecía de problemas de viabilidad. Fleming respondió que es fácil evaluar si hay una investigación o un procedimiento pendiente, proporcionando como ejemplos un caso policial que se abre o un procedimiento del gran jurado que comienza. Jackson volvió a preguntar si definir la obstrucción a través del Capítulo 73 podría proporcionar el mejor enfoque, y Fleming rápidamente señaló que la condena de Cordero-García no coincidía con los delitos del capítulo.

Al ultimate de la discusión, los jueces aún pueden haberse encontrado a la deriva con Sotomayor, Gorsuch, Roberts y posiblemente Barrett preocupados por la amplitud de la definición del gobierno; Kavanaugh y Alito se mostraron inquietos por la conducta que podría escapar a una definición que vincula la obstrucción de la justicia con una investigación pendiente; y Jackson se centró en el Capítulo 73 como definición de los delitos relacionados con la obstrucción de la justicia. No está claro cómo finalmente trazarán su curso.

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