Argentina · Mendoza
¿Te chocaron en la moto en Mendoza? Ordená el reclamo desde el primer día
Si te chocaron en moto, priorizá la atención médica. Después, guardá el acta, fotos, datos del otro vehículo y comprobantes de lesiones y gastos. Qué podés reclamar y frente a quién depende del accidente y de la cobertura.
Consultas: Dr. Mauricio Velocci, abogado, M.P. 8986 (Mendoza) · Estudio Velocci. Escribir no implica que el caso quede aceptado ni garantiza un resultado.
- Abogado matriculadoDr. Mauricio Velocci · M.P. 8986
- Matrícula federalT° 707 F° 88
- Fuentes oficialesLeyes nacionales y de Mendoza
- Consulta por WhatsAppEstudio Velocci · Mendoza
¿Quién tiene que responder cuando te chocan en la moto?
Depende de para qué ibas en la moto. Un choque puede abrir más de un reclamo, cada uno con su plazo.
| Situación | Quién suele responder | Qué dice la norma |
|---|---|---|
| Te chocó un auto, una camioneta, un colectivo u otra moto | El conductor y el dueño del otro vehículo, y su aseguradora. | Responsabilidad objetiva por el riesgo de las cosas (CCyC, arts. 1757 y 1769); dueño y guardián responden en forma concurrente (art. 1758). |
| Ibas trabajando o yendo al trabajo | La ART del empleador y, además, el que te chocó. | Trabajo y trayecto cubiertos (Ley 24.557, art. 6). Al tercero se le reclama descontando lo que pague la ART (art. 39, inc. 4). |
| Trabajabas sin estar registrado | La ART o, si no había, el empleador. | La ART da las prestaciones y se las cobra al empleador; sin ART, responde el empleador (Ley 24.557, art. 28). |
| Querés usar tu propia póliza | Tu aseguradora, según lo que cubra. | Aviso del siniestro dentro de los tres días (Ley 17.418, art. 46). |
Cómo es el reclamo en Mendoza, paso a paso
Salud primero y datos del otro
Si hay heridos, llamá al 911. La Ley de Tránsito de Mendoza 9024 obliga a detenerse, darse licencia y seguro y denunciar el hecho (art. 107).
Acta de constatación
La autoridad municipal de tránsito la labra haya o no heridos, con pólizas, testigos, croquis y fotos. Tu versión puede quedar escrita (Ley 9024, art. 108).
Audiencia vial al quinto día hábil
Con la constancia del acta quedás citado a una audiencia oral en el juzgado administrativo de tránsito. Los testigos van con vos; si faltás, te declaran rebelde (art. 109).
Aviso a tu aseguradora
Avisá dentro de los tres días (Ley 17.418, art. 46). El seguro del vehículo paga de inmediato los gastos de sanatorio de terceros, y no vale la renuncia a reclamar que te hagan firmar por ese pago (Ley 24.449, art. 68).
ART y comisión médica, si ibas trabajando
Según la SRT, la ART tiene 10 días hábiles para rechazar la denuncia, prorrogables por otros 10. Mendoza adhirió a la Ley 27.348 (Ley 9017): la comisión médica es instancia previa obligatoria, con abogado (art. 1).
Conciliación obligatoria (OCC)
Antes de demandar daños hay que pasar por la Oficina de Conciliación Civil y Comercial, con abogado (Ley 9388, arts. 2 y 27). La primera audiencia es dentro de 15 días hábiles y el trámite dura hasta 30, prorrogables (arts. 25 y 38).
Juicio civil, si no hay acuerdo
La demanda va contra el conductor y el dueño. La aseguradora puede ser citada en garantía hasta la apertura a prueba, y la sentencia se le ejecuta en la medida del seguro (Ley 17.418, art. 118).
Más detalle en la guía de denuncia de accidente y OCC en Mendoza.
¿Ya tenés el acta o una citación?
Contale al Dr. Velocci dónde y cuándo fue el choque y qué papel te dieron. Tu caso se habla en privado.
¿Qué se puede reclamar después de un choque de moto?
La ley fija la reparación plena (CCyC, art. 1740). Cada rubro se prueba aparte; acá no se estiman montos.
Lesiones e incapacidad
La incapacidad permanente se indemniza aunque sigas trabajando; se presumen los gastos médicos, de farmacia y traslado razonables (art. 1746).
La moto y tu equipo
La reparación o el valor de la moto y lo que se rompió con ella: casco, campera, caja de reparto o celular (art. 1738).
Días sin trabajar
Si vivís de la moto (reparto, cadetería, mensajería), lo que dejaste de ganar, con prueba de tus ingresos (art. 1738).
Daño no patrimonial
Las consecuencias en tu salud, tu vida diaria y tus afecciones (arts. 1738 y 1741).
Si la moto es tu herramienta de trabajo
La ART cubre de forma obligatoria a quien trabaja en relación de dependencia (Ley 24.557, art. 2): si sos empleado de un comercio o una mensajería, el choque trabajando o en el trayecto es accidente de trabajo. Y no borra el reclamo contra quien te chocó, que se hace descontando lo que pague la ART (art. 39, inc. 4).
Si repartís por una aplicación como independiente, pedí por escrito qué seguro tenías. Para el trayecto, la guía de accidente de moto in itinere explica qué datos guardar.
Documentación para juntar desde hoy
- Constancia del acta y de la citación a la audiencia vial
- Patente, conductor y aseguradora del otro vehículo
- Fotos del lugar, de la moto y de tus lesiones
- Testigos y cámaras cercanas
- Constancias de guardia, estudios y comprobantes de gastos
- Presupuestos de la moto y del equipo dañado
- Prueba de lo que ganás: recibos, facturas o resúmenes de la aplicación
- Número de siniestro del seguro y, si corresponde, de la ART
- En el primer mensaje no mandes tu DNI ni tu historia clínica
Errores que pueden hacerte perder el reclamo
- Avisar tarde a tu aseguradora: salvo caso fortuito o imposibilidad sin culpa, perdés la cobertura de tu póliza (Ley 17.418, art. 47)
- Firmar un recibo o acuerdo sin leerlo con un abogado
- Faltar a la audiencia vial o ir sin tus testigos
- Contar el choque distinto en el acta, en el seguro y en la ART
- Arreglar o vender la moto antes de documentar los daños
- Dejar pasar los plazos mientras esperás a la aseguradora
Plazos que conviene tener anotados
| Trámite | Plazo | Norma |
|---|---|---|
| Audiencia vial | Quinto día hábil después del acta | Ley 9024, art. 109 |
| Aviso a tu aseguradora | 3 días | Ley 17.418, art. 46 |
| Acciones contra tu aseguradora | 1 año | Ley 17.418, art. 58 |
| Acciones contra la ART | 2 años | Ley 24.557, art. 44 |
| Reclamo de daños al responsable | 3 años | CCyC, art. 2561 |
¿Por qué conviene consultar pronto?
Desde cuándo corre cada plazo depende del caso. Pedir la conciliación en la OCC suspende la prescripción, que se reanuda 20 días corridos después de la audiencia de cierre (Ley 9388, art. 25). Y la prueba se pierde rápido: testigos que olvidan, cámaras que borran.
Dudas frecuentes
Me chocaron en la moto en Mendoza: ¿qué hago primero?
Si hay heridos, llamá al 911. Pedí licencia y seguro del otro conductor, sacá fotos y anotá testigos. Guardá la constancia del acta y avisá a tu aseguradora dentro de los tres días.
¿Puedo reclamar si no tengo seguro o el registro vencido?
Circular así es una infracción, pero el reclamo se decide por cómo fue el choque: la Ley 24.449 presume responsable a quien cometió una infracción relacionada con la causa (art. 64). Más detalle en .
¿Y si no llevaba casco?
El casco homologado es obligatorio (Ley 9024, art. 43), y la responsabilidad puede limitarse según cuánto incidió el hecho de la víctima en el daño (CCyC, art. 1729). No hay respuesta automática: más detalle en .
¿Qué pasa si uso la moto para trabajar (delivery, cadetería)?
Si sos empleado, interviene la ART aun sin registro, o el empleador si no tenía ART (Ley 24.557, art. 28). Además podés reclamarle al que te chocó, descontando lo que pague la ART (art. 39, inc. 4).
¿Cubre la ART si iba o volvía del trabajo en moto?
Sí, si no interrumpiste ni alteraste el trayecto por causas ajenas al trabajo (Ley 24.557, art. 6). Avisá a tu empleador y a la ART y pedí el número de siniestro.
¿Qué se puede reclamar si la moto quedó destruida?
Su valor o su reparación, el equipo dañado y, si la usabas para trabajar, lo que dejaste de ganar (CCyC, art. 1738). Antes de repararla o venderla, sacá fotos y pedí presupuestos.
¿Cómo se prueba quién tuvo la culpa en un choque de moto?
Con el acta, el croquis, las fotos, los testigos y las cámaras; en un juicio se suman pericias. En el acta podés dejar tu versión (Ley 9024, art. 108).
¿Qué fotos y datos mando por WhatsApp para la primera consulta?
Alcanza con dónde y cuándo fue el choque, qué pasó en dos líneas y si ibas trabajando. No mandes tu DNI ni tu historia clínica en el primer contacto.
Contale tu choque de moto al Dr. Velocci
Escribí dónde y cuándo fue y si ibas trabajando. Se abre WhatsApp con el mensaje ya escrito.
Estudio Velocci · Dr. Mauricio Velocci, abogado, M.P. 8986 · · Mendoza, Argentina · Atención por WhatsApp. Las condiciones se acuerdan con el estudio. Escribir no implica que el caso quede aceptado ni garantiza un resultado.
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Fuentes y alcance
- Código Civil y Comercial de la Nación
- Ley 24.449 de Tránsito
- Ley 9024 de Tránsito de Mendoza (Boletín Oficial, copia de Godoy Cruz)
- Ley 17.418 de Seguros
- Ley 24.557 de Riesgos del Trabajo
- Ley 27.348 complementaria de riesgos del trabajo
- Resolución SRT 65/2018: Mendoza adhirió por Ley 9017
- SRT: qué hacer ante un accidente laboral
- Ley 9388 de Mendoza: Oficina de Conciliación Civil y Comercial
Fuentes consultadas el 6 de noviembre de 2026. Esta página se refiere a Mendoza, Argentina, y es información general sobre la ley argentina: no reemplaza el análisis de tu caso por un abogado matriculado. No se aplican aquí las reglas de Estados Unidos de otras secciones del sitio.