¿Cómo trata Indiana el período de prescripción de doce meses para presentar una demanda? | Weblog de Ley de Cobertura de Seguro de Propiedad

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Todas las aseguradoras sostienen que la acción contractual de Indiana GRQ está prescrita por el período de prescripción de doce meses de la póliza de seguro. La póliza prohíbe cualquier juicio ‘para la recuperación de cualquier reclamo’ a menos que el asegurado “haya cumplido por completo” con todas las disposiciones de la póliza. La póliza requiere que cualquier juicio comience dentro de los doce meses posteriores a la fecha de la pérdida o daño físico directo a la Propiedad cubierta o a otra propiedad como se establece en este documento. La pérdida aquí ocurrió el 15 de agosto de 2016. Indiana GRQ presentó una demanda el 18 de junio de 2020, aproximadamente cuarenta y seis meses después.

Nadie discute que la demanda comenzó fuera del período de doce meses. En cambio, Indiana GRQ argumenta que las aseguradoras renunciaron a esta defensa, o la ley debería impedir que las aseguradoras la ejerzan. Indiana GRQ insiste en que estas doctrinas (renuncia y impedimento authorized) presentan cuestiones fácticas debidamente reservadas para el jurado en este expediente.

Aunque desfavorecido, Indiana hace cumplir las disposiciones contractuales que acortan el tiempo para iniciar una acción si “se otorga un tiempo razonable, excepto [when] hay fraude, coacción y similares,’ … o cuando contraviene una ley o política pública… ‘Se han mantenido como válidas y exigibles las disposiciones que limitan las acciones sobre una póliza de seguro a doce meses; en consecuencia, prescribirán las acciones sobre póliza que se entablen con posterioridad a la expiración de dichos plazos de prescripción.’ … Tal disposición evita demoras indebidas en la presentación de una reclamación por pérdida.…

Un asegurador puede renunciar a tal disposición o verse impedido de hacerla valer… ya sea expresa o implícitamente… La renuncia o el impedimento pueden ‘resultar de actos de [an] asegurador que causa [the] asegurado o reclamante bajo la póliza para retrasar la presentación de demanda hasta después del tiempo previsto en la póliza.’ Si la conducta de la aseguradora hace que el asegurado ‘crea razonablemente’ que la compañía no insistirá en la oportunidad de la demanda, la aseguradora ‘ya no puede invocar el período de prescripción como defensa’… Permitir lo contrario ‘permitiría que la aseguradora calmara un asegurado a no hacer valer sus derechos y luego negar la responsabilidad sobre la base del período de prescripción.’ El hecho de que una aseguradora haya renunciado al período de prescripción suele ser una cuestión de hecho….

Generalmente, un asegurador no necesita informar al asegurado de sus responsabilidades bajo la póliza. … El asegurado puede leer el contrato, sobre todo una parte sofisticada como Indiana GRQ…

Pero hay que seguir leyendo la ley. Summers cube que existe una excepción cuando “una compañía de seguros no niega la cobertura ni la responsabilidad y procede a negociar con el asegurado para resolver el reclamo”. Veranos719 NE2d en 416. En estas circunstancias, ‘la ley implicará una renuncia a la limitación contractual para entablar una demanda, a menos y hasta que el asegurador notifique al asegurado que el litigio es necesario si desea proseguir con la reclamación. ‘ Identificación. Varios casos de Indiana después Reiblemente aplicar también esta excepción, incluida una recién nueve meses después Veriblemente, ver Schafer v. Buckeye Union Ins. Co.381 NE2d 519, 523 (Ind. Ct. App. 1978), y uno de la Corte Suprema de Indiana, véase Suspiro363 NE2d en 992 (“Una vez que se dio el aviso y no se planteó ninguna objeción al modo de documentación y no se negó la responsabilidad hasta mucho después del período de doce meses, entonces el asegurador ha renunciado a su derecho a insistir en [the] disposición’). Ver también Timonel731 NE2d en 468 (‘a menos que la aseguradora notifique al asegurado que se debe entablar una demanda para continuar con el reclamo’, la falta de cobertura denegada y las negociaciones de liquidación en curso constituyen una renuncia…

A través de este lente, Indiana GRQ señala que las aseguradoras realizaron pagos, continuaron ajustando el reclamo y participaron en negociaciones de conciliación, tanto dentro como después del período de limitación contractual (que, de lo contrario, se habría ejecutado el 15 de agosto de 2017). Por ejemplo, a fines de 2016, el Sr. Thoman contrató a expertos para ayudar con el ajuste de la pérdida y trabajó con el consultor ambiental de Indiana GRQ (Burns & McDonnell). Alrededor de este tiempo, recomendó dos pagos por adelantado, y al menos uno se hizo en este registro dentro del año inicial después de la pérdida. En febrero de 2017, Indiana GRQ proporcionó una “cantidad sustancial de documentación de costos” y solicitó “asistencia una vez más para financiar una parte de [its] pérdida hasta la fecha. Esto precipitó la recomendación de McLarens de un segundo avance. En junio de 2017, el Sr. Thoman informó que estaba en ‘discusiones esencialmente diarias’ y ‘trabajando en estrecha colaboración’ con Indiana GRQ con respecto a la pérdida, los planes de trabajo propuestos y la documentación y los costos pendientes de la reclamación.

Para octubre de 2017, Indiana GRQ había presentado gastos superiores a $3,8 millones y tres cotizaciones adicionales sobre pérdidas pendientes. El Sr. Thoman informó que acordaron con Indiana GRQ que la pérdida ‘puede y se prolongará debido a su propia naturaleza’ de filtración, contaminación y limpieza. Un jurado razonable podría concluir que las aseguradoras no negaron la reclamación y continuaron negociando un acuerdo; de hecho, un jurado razonable podría encontrar que las partes entendieron que ajustar este reclamo necesariamente excedería el año que la póliza anticipaba para los juicios, dada la naturaleza del daño por inundación y la reparación. Después del primer año después de la pérdida, se realizaron pagos parciales adicionales. El ajustador independiente de las aseguradoras todavía estaba en conversaciones ‘semanales, si no diarias’ con Indiana GRQ sobre el reclamo a fines de 2017 y 2018. Las negociaciones de conciliación estaban en curso en 2019. La cobertura no se negó hasta agosto de 2019. Para un jurado razonable, eso podría efectuar una renuncia, a menos que las aseguradoras notifiquen a Indiana GRQ de su intención de insistir en el requisito de tiempo. Pero eso no pareció suceder.

Desde la fecha del siniestro hasta mayo de 2019 no se hizo mención al plazo de prescripción contractual. Por ejemplo, en la carta de reserva de derechos de noviembre de 2016, las aseguradoras enumeraron numerosas disposiciones de la póliza; el período de limitación no period una de ellas. No fue hasta mayo de 2019 que las aseguradoras citaron el período de limitaciones de la póliza en una carta. Incluso entonces, las aseguradoras nunca expresaron su intención de hacer cumplir esa disposición dadas las negociaciones en curso. Uno podría saltar a pensar que un jurado razonable podría leer la carta de mayo de 2019 expresando tal intención, pero luego la carta invita a más discusión: ‘Una vez que haya presentado completamente su reclamo y las aseguradoras hayan tenido la oportunidad de completar su revisión, las Aseguradoras estarán en una mejor posición para evaluar el alcance de la cobertura.’ Las aseguradoras pidieron a Indiana GRQ que enviara información adicional para una ‘evaluación adicional’ sobre una base ‘sin perjuicio’. En ese momento, las aseguradoras no habían negado la cobertura y continuaron negociando con los asegurados para llegar a un acuerdo; y, por ley, las aseguradoras aún no habían puesto a Indiana GRQ ‘en aviso de que el litigio es necesario si [it] deseo[d] para proseguir con la reclamación. Veranos719 NE2d en 416. Incluso la carta de agosto de 2019 que niega la cobertura no parecía ver la carta de mayo de 2019 como el comienzo del reloj.

De hecho, incluso en julio de 2019, Indiana GRQ continuó manteniendo correspondencia y ofreciendo información sobre reclamos. En este registro, cada carta emitida por las aseguradoras a Indiana GRQ (noviembre de 2016, septiembre de 2018, noviembre de 2018, marzo de 2019, mayo de 2019 y agosto de 2019) incluía una declaración normal reservando sus derechos bajo la póliza. Los aseguradores argumentan que no se les debería impedir hacer valer sus derechos bajo la póliza. Podrían no serlo sino por su conducta. El mero hecho de que se hayan reservado una y otra vez un derecho no significa que por su conducta afirmativa no puedan entonces renunciar a él. Una reserva normal de derechos no fue un aviso expreso de que las aseguradoras ahora tenían la intención de confiar en un período de limitaciones en la póliza y poner a Indiana GRQ en el reloj, y la ley de Indiana así lo cube. Ver identificación.; ver también Schafer, 381 NE2d en 521, 523; twenty eighth St. Superior Hosp., Inc. contra Cincinnati Ins. Co., 2022 Distrito de EE. UU. LEXIS 26854, 13-14 (ND Ind. 15 de febrero de 2022) (‘No hasta que esta negación [of coverage] hizo [insured] tener razones para creer que su reclamación no sería pagada después de más de tres años de negociaciones).

Aquí, las negociaciones de ajuste y liquidación comenzaron dentro del primer año y continuaron años después de la fecha de vencimiento sin que se negara la cobertura o se comunicara que period necesario un litigio. En este registro, la denegación de la cobertura no ocurrió hasta agosto de 2019, más de dos años después de que expiró la limitación contractual… Según la conducta de las aseguradoras antes de su denegación, Indiana GRQ no tenía motivos para presentar una demanda hasta este punto y creía razonablemente que la disposición de limitación no se aplicaría años después de su vencimiento, por lo que podría decir un jurado razonable. Indiana GRQ presentó una demanda el 18 de junio de 2020, dentro de los doce meses posteriores a que las aseguradoras negaron la cobertura y notificaron a la compañía.

Con base en este registro, el tribunal debe denegar la moción de los aseguradores sobre la oportunidad. Un jurado razonable podría determinar que las aseguradoras, a través de su conducta, crearon una creencia razonable en Indiana GRQ de que la disposición de limitación no se aplicaría. Los aseguradores realizaron pagos, continuaron ajustando el reclamo y participaron en negociaciones de liquidación dentro y después del período de limitación contractual authentic; y, con eso, la cobertura no se negó hasta agosto de 2019. En tales circunstancias, un jurado razonable podría decir que renunciaron al período de limitación contractual, “a menos que y hasta [they put] el asegurado en el aviso de que el litigio [was] necesario’ en agosto de 2019.

¿Cuál es la lección? “Más vale prevenir que lamentar”. Presente una demanda antes de la fecha límite contractual u obtenga una prórroga por escrito. El titular de la póliza ganó, pero se trataba de un problema cerrado que podría haberse evitado.

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