¿Las reclamaciones de mala fe extracontractuales se rigen por una disposición de elección de ley? | Weblog de Ley de Cobertura de Seguro de Propiedad

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Una de las tendencias de la ley de contratos de seguros es que las aseguradoras incluyan en la póliza una disposición de elección de ley que aplique la ley de Nueva York. Nueva York tiene remedios de mala fe muy limitados y leyes mucho más favorables para las aseguradoras que la mayoría de los estados. Pero, ¿esas cláusulas de elección de ley siempre se aplican a los remedios extracontractuales legales?

La decisión de la Corte de Apelaciones del Primer Circuito emitida esta semana1 parece abrir la puerta para que los titulares de pólizas afirmen que sus recursos legales estatales no se ven afectados a menos que las disposiciones de elección de ley sean muy claras. El tribunal sostuvo:

Este caso de seguro marítimo de Massachusetts surge de una apelación interlocutoria de conformidad con 28 USC § 1292(a)(3) de la concesión de la sentencia del tribunal de distrito sobre los alegatos a favor de la aseguradora demandante, Nice Lakes Insurance coverage SE (GLI). El demandado, Martin Andersson, afirmó que GLI participó en prácticas injustas de liquidación de reclamaciones en violación de los capítulos 176D y 93A de las Leyes Generales de Massachusetts. El tribunal de distrito dictaminó que el reclamo de Andersson estaba prohibido por la disposición de elección de ley de la póliza de seguro marítimo que compró de GLI. Por las razones que se exponen a continuación, concluimos que la disposición sobre la elección de la ley es ambigua en cuanto a qué ley se aplica a la reclamación con base authorized que está en cuestión. De acuerdo con los principios de interpretación aplicables, interpretamos esta ambigüedad en contra del redactor — GLI — y concluimos que el reclamo de ley del estado de Massachusetts de Andersson no está sujeto a la disposición de elección de ley. En consecuencia, invertimos.

La disposición sobre la elección de la ley en cuestión decía:

Por el presente se acuerda que cualquier disputa que surja en virtud del presente será adjudicada de acuerdo con principios y precedentes bien establecidos y arraigados de la ley y la práctica sustantivas del Almirantazgo Federal de los Estados Unidos, pero cuando no exista tal precedente bien establecido y arraigado, este acuerdo de seguro está sujeto a las leyes sustantivas. del Estado de Nueva York.

El tribunal señaló el argumento del titular de la póliza ganadora de la siguiente manera:

El desafío de Andersson se centra en la interpretación adecuada de la disposición de elección de ley cuando se enfrenta a un reclamo extracontractual que no se rige por los principios arraigados del derecho marítimo. Andersson sostiene que la segunda cláusula disyuntiva de la disposición de elección de ley, que establece que ‘este acuerdo de seguro está sujeto a las leyes sustantivas del estado de Nueva York’, ‘restringió la aplicación de la ley de Nueva York al acuerdo de seguro[,]’ y no a reclamaciones extracontractuales. Por lo tanto, afirma que su pretensión extracontractual estatutaria no entra en el ámbito de aplicación de la disposición sobre la elección de la ley aplicable.

El tribunal determinó que la póliza period ambigua porque la interpretación del titular de la póliza period una interpretación believable:

Cuando, como aquí, hay ‘interpretaciones plausibles de la póliza de seguro que compiten’, las dudas sobre el significado pretendido de las palabras deben resolverse en contra de la compañía de seguros que las empleó’. …. Hacerlo lleva a la conclusión ineludible de que solo las reclamaciones relacionadas con contratos están sujetas a las leyes sustantivas de Nueva York. Las reclamaciones extracontractuales no entran dentro del ámbito de aplicación de la segunda cláusula de la disposición sobre elección de la ley aplicable.

La implicación práctica es que esta decisión puede aplicarse a casos en estados con remedios extracontractuales. Creo que el hallazgo se aplica también a casos no marítimos. Muchas de estas disposiciones de elección de ley se encuentran en pólizas de líneas excedentes que a menudo están sujetas a cláusulas de arbitraje. Esta opinión podría respaldar la posición de que solo los reclamos contractuales deben ser arbitrados y sujetos a la ley de Nueva York, mientras que los reclamos extracontractuales están sujetos a la ley de otro estado.

Entonces, ¿quién está en la imagen de arriba ¿conmigo? Mi hermana Emily Merlín. Ella es asistente authorized con un título de la Universidad de West Florida. Ayer hice una presentación ante la Asociación de Paralegales de Tampa Bay titulada: Navegación de reclamos y litigios de seguros: daños por huracanes y otros desastres.

Pensamiento del día

Todos los significados, lo sabemos, dependen de la clave de interpretación.

—George Eliot


1 Ins de los Grandes Lagos. SE contra Anderson, No. 21-1648 (1calle cir. 19 de abril de 2023).

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