Reglas de ética de la ABA sobre la elección de la ley aplicable en la práctica en múltiples jurisdicciones

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Comenzar un bufete de abogados que opere en múltiples jurisdicciones puede ser lucrativo, pero también confuso con múltiples reglas de ética en competencia. En marzo de 2023, la ABA emitió Opinión Formal 540 proporcionar orientación a los abogados que ejercen en más de una jurisdicción.

La regla modelo 8.5 ofrece orientación para los abogados que dirigen una empresa en varias jurisdicciones

La opinión formal 540 se basa en Regla modelo ABA 8.5 que describe cómo los abogados deben determinar las reglas de ética de qué jurisdicción seguir. Como cuestión common, la Regla Modelo 8.5 establece que:

  • Para los asuntos pendientes ante un tribunal, los abogados deben cumplir con las reglas de ética de la jurisdicción en la que se encuentra el tribunal.
  • Para todas las demás conductas, los abogados deben cumplir con las normas de ética de la jurisdicción en la que se produce la conducta, a menos que el efecto predominante de la conducta del abogado sea en una jurisdicción diferente.

La Opinión Formal 540 ofrece orientación sobre cómo determinar el “efecto predominante” de la conducta de un abogado, sugiriendo factores como la ubicación del cliente, la ubicación de la oficina del abogado y la jurisdicción con mayor interés en la conducta del abogado. Pero lo que es más útil que solo una discusión teórica son los cinco escenarios que analiza la Opinión formal 540.

Los acuerdos de honorarios generalmente se rigen por las reglas de ética de la jurisdicción donde se ejecutan

Para acuerdos de honorarios, la Opinión Formal 540 instruye al abogado a adherirse a las reglas de ética de la jurisdicción en la que se ejecuta el acuerdo de honorarios y ocurre el efecto predominante del acuerdo. Para despejar cualquier duda, los abogados pueden incluir una cláusula en su acuerdo de compromiso que especifique las reglas de ética de la jurisdicción que rigen.

Estructura de propiedad de la firma de abogados regida por el estado donde se encuentra la firma

La propiedad de un bufete de abogados, específicamente la situación en la que un abogado de un estado que permite a los socios que no son abogados en los bufetes de abogados busca aparecer professional hac vice en un estado que no permite a los socios que no son abogados, aún se regiría por el estado donde se encuentra la firma y no el estado donde se solicita la admisión. Esto se debe a que la estructura de la firma de un abogado no es “conducta en relación con un asunto pendiente ante un tribunal” y, por lo tanto, se aplican las reglas de ética del estado de origen del abogado.

Mala conducta profesional regida por el estado donde ocurrió el incidente

¿Qué reglas estatales rigen los informes de mala conducta? La Opinión Formal concluye que el abogado estaría sujeto a las reglas de ética del estado en el que ocurrió la mala conducta.

La confidencialidad se rige por el estado donde la divulgación tendría un efecto predominante

Los deberes de confidencialidad, específicamente la situación en la que un abogado tiene licencia en dos estados con normas contradictorias sobre la divulgación de información para evitar daños, se rigen por las normas de la jurisdicción donde se produce el “efecto predominante” de la conducta del abogado.

Contrataciones laterales

El escenario remaining abordado por la Opinión Formal 540 se refiere a las contrataciones de bufetes de abogados laterales que pueden tener un conflicto de intereses. Aquí, el análisis de la elección de la ley depende de si el conflicto involucra un litigio o un asunto transaccional.

A medida que la práctica remota se vuelve más común, es possible que aumente el número de abogados que ejercen en dos o más jurisdicciones. La Opinión Formal 540 es, por lo tanto, una discusión oportuna de un tema que afecta a muchos abogados.



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